La Ley 12/2001, de 19 de julio, introdujo una nueva redacción del art. 44 del Estatuto de los Trabajadores (ET), auténtico " precepto de cabecera" de la normativa reguladora de la sucesión de empresa. Se trata, sin duda, de la reforma de uno de los preceptos estatutarios más resistentes al cambio legislativo desde su versión originaria de 1980, lo cual ha dado lugar a que su reforma haya sido calificada como un hito histórico o un sucesivo normativo. En este trabajo se realiza un estudio de este nuevo régimen jurídico-laboral de la sucesión de empresa, así como un examen de su adecuación a la normativa comunitaria, analizando al efecto tanto las modificaciones introducidas por el legislador, como los silencios u omisiones de la reforma.
I. FINALIDADES DECLARADAS Y NO DECLARADAS DE LA REFORMA DEL ART. 44 ET II. EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA NORMATIVA SUCESORIA TRAS LA REFORMA DEL ART. 44 ET 1. La pervivencia de la dualidad de presupuestos necesarios para la aplicación de la normativa sucesoria 2. El elemento subjetivo o «cambio de titularidad» de la empresa o de parte de la misma 2.1. La irrelevancia de la reforma como punto de partida 2.2. La aplicación de la normativa sucesoria a las administraciones públicas y a las empresas sin ánimo de lucro 2.3. La falta de adaptación de la normativa sucesoria a la nueva realidad socio-económica 3. El elemento objetivo o autonomía organizativa y patrimonial del elemento empresarial transmitido 3.1. La «nueva» exigencia de que se transmita «una entidad económica que mantenga su identidad» 3.2. ¿El fin de los debates doctrinales en torno a la aplicación de la normativa sucesoria a las contratas y concesiones de obras y servicios? 3.3. La aplicación de la normativa sucesoria a las contratas y concesiones administrativas ex convenio colectivo o pliego de condiciones III. EL NUEVO SISTEMA DE GARANTÍAS EN FAVOR DE LOS TRABAJADORES CEDIDOS 1. La dualidad garantías individuales/garantías colectivas tras la reforma del art. 44 ET 2. Las garantías individuales previstas por la normativa sucesoria tras la reforma del art. 44 ET 2.1. El mantenimiento de los derechos de estabilidad en el empleo de los trabajadores cedidos 2.2. El nuevo alcance de la estabilidad en el estatuto socio-laboral de los trabajadores cedidos 2.2.1. La inclusión de los derechos y obligaciones de Seguridad Social y de todas las modalidades del sistema de protección social complementaria 2.2.2. La pervivencia de las condiciones pactadas en convenio colectivo 2.2.3. La no inclusión en la normativa interna de la garantía de transparencia prevista en la normativa comunitaria 2.3. La acertada continuidad de la responsabilidad solidaria 2.4. El régimen de aplicación de las garantías individuales a la transmisión de empresas en crisis 3. Las garantías colectivas previstas por la normativa sucesoria tras la reforma del art. 44 ET 3.1. La continuidad de las instituciones representativas de los trabajadores 3.2. Los derechos de información y consulta de los trabajadores y de sus representantes tras el cambio de titularidad en la empresa
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Da: Libros Ambigú, Madrid, M, Spagna
Condizione: Normal. Tirant lo Blanch. Valencia, 2003 21 x 13 cm., 185 pag. Tapa blanda, correcto estado de conservacion. DERECHO . Ejemplares disponibles: 1 Normal. Codice articolo 400131589
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