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Aggiungi al carrelloPaperback May 01, 1985. Condizione: Used: Good. 2354.
Da: Vuestros Libros, Oviedo, O, Spagna
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Aggiungi al carrelloCondizione: Nuevo. Este manual se ha elaborado con la finalidad de que los alumnos de la asignatura dispongan de un libro en el que encuentren la explicación de las instituciones del Derecho Tributario. Basar las explicaciones en las instituciones les permitirá adquirir los conocimientos que son necesarios para ir comprendiendo cabalmente los constantes cambios legislativos que se dan en esta rama del Derecho. Así como afrontar el aprendizaje de la regulación de cada uno de los tributos en particular, que es la materia que se encuadra en la denominada parte especial del Derecho Tributario. Se ha tratado de hacer buenas las palabras del profesor Valdés Costa: «El conocimiento de los principios e institutos es lo mas importante y lo único perdurable». En el manual se han recogido las singularidades del ordenamiento tributario de la Comunidad Aut6noma de Canarias en aquellos casos en los que procede y la exposición de ejemplos con arreglo a tal normativa. AUTOR Alberto Génova Galván, es Doctor en Derecho y profesor titular de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad de La Laguna. SUMARIO Lección primera. EL DERECHO FINANCIERO Lección segunda. EL INGRESO PÚBLICO Lección tercera. EL TRIBUTO (I): CONCEPTO Lección cuarta. EL TRIBUTO (II): CLASES Lección quinta. LA CONSTITUCIÓN FISCAL Lección sexta. LA POTESTAD NORMATIVA TRIBUTARIA Lección séptima. LAS FUENTES FORMALES DEL DERECHO TRIBUTARIO. LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS Y LA ANALOGÍA Lección octava. LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA PRINCIPAL (I) EL HECHO IMPONIBLE (Primera parte).
Da: Agapea Libros, Malaga, MA, Spagna
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Aggiungi al carrelloCondizione: New. Idioma/Language: Español. *** Nota: Los envíos a España peninsular, Baleares y Canarias se realizan a través de mensajería urgente. No aceptamos pedidos con destino a Ceuta y Melilla.
Da: Vuestros Libros, Oviedo, O, Spagna
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Aggiungi al carrelloCondizione: Nuevo. El sistema tributario de Canarias es el resultado de siglos de historia y de una realidad geográfica única. No se trata de un privilegio, sino de un conjunto de herramientas diseñadas para compensar las dificultades que supone vivir en un territorio alejado y fragmentado como el nuestro. Desde la incorporación de las Islas a la Corona de Castilla, se entendió que era necesario aplicar condiciones fiscales especiales para garantizar el desarrollo económico y la calidad de vida de los canarios. Así nació el Régimen Económico y Fiscal (REF), un pilar fundamental de nuestra identidad y nuestra economía. A lo largo de los siglos, las singularidades fiscales han ido de la mano de la organización institucional del archipiélago. De hecho, los Cabildos, creados como órganos de gobierno insular, han tenido desde el principio un papel clave en la gestión de los recursos financieros. La Ley de 1912 supuso un antes y un después, otorgando a los Cabildos una Hacienda propia y la capacidad de gestionar arbitrios sobre la importación y exportación, que más adelante servirían también para financiar a los Ayuntamientos. Desde entonces, la financiación de las instituciones canarias ha seguido un camino singular, con un sistema que garantiza recursos adicionales para afrontar las particularidades de nuestro territorio. Esta singularidad fiscal no solo ha sido un mecanismo de compensación económica, sino también una herramienta fundamental para estimular la actividad económica. A lo largo de los años, ha permitido atraer inversiones, fomentar el empleo y garantizar el acceso a bienes y servicios en condiciones equiparables a las del resto del territorio nacional. En un archipiélago donde la lejanía y la fragmentación territorial generan sobrecostes significativos, el REF ha sido clave para reducir estas desigualdades y favorecer la competitividad de las empresas canarias en el mercado global. Con la Constitución de 1978 y la posterior aprobación del Estatuto de Autonomía, Canarias consolidó su sistema de financiación diferenciado. El Tribunal Constitucional ha reconocido en varias ocasiones que nuestro REF no es un sistema de financiación especial de haciendas locales o autonómicas, sino un modelo singular que responde a las necesidades específicas del archipiélago. Así lo recoge también el Estatuto de Autonomía reformado en 2018, que refuerza el principio de que los recursos del REF son adicionales a los fondos generales destinados a la financiación de la Comunidad Autónoma y de las entidades locales. En la última gran reforma del REF, en 1991, se introdujeron el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) y el Arbitrio Insular a la Entrada de Mercancías en las Islas Canarias, consolidando la fórmula que permite distribuir la recaudación entre el Gobierno de Canarias, los Cabildos y los Ayuntamientos. Lo relevante aquí es que estos ingresos no dependen de transferencias estatales, sino que forman parte de los recursos propios de cada una de nuestras administraciones, garantizando su estabilidad y capacidad de gestión. Este modelo de financiación ha permitido a los Cabildos y Ayuntamientos desempeñar un papel activo en el desarrollo de sus respectivos territorios, impulsando proyectos de infraestructura, programas sociales y estrategias de desarrollo económico adaptadas a las particularidades de cada isla. La existencia de un sistema fiscal propio ha brindado a las administraciones locales la capacidad de responder con mayor agilidad a las necesidades de la ciudadanía, asegurando que los recursos se destinen a mejorar la calidad de vida de los habitantes de las islas. Además, el REF ha evolucionado a lo largo del tiempo para adaptarse a los cambios en el entorno económico y social. En las últimas décadas, ha incorporado medidas específicas para apoyar sectores estratégicos como el turismo, la industria y las energías renovables. La Zona Especial Canaria (ZEC) y la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) son ejemplos de herramientas diseñadas para fomentar la inversión y el crecimiento económico, ofreciendo incentivos fiscales que hacen de Canarias un destino atractivo para emprendedores y empresas. Es importante señalar que el REF no es un sistema estático, sino que ha requerido una defensa constante por parte de las instituciones canarias para garantizar su mantenimiento y actualización. En cada negociación con el Estado y la Unión Europea, las autoridades canarias han trabajado para preservar y reforzar este modelo, asegurando que siga cumpliendo su función de promover el desarrollo y el bienestar de la población. En este sentido, el papel del Cabildo de Tenerife y del resto de los Cabildos ha sido crucial en la defensa del REF y en su aplicación efectiva. Como administraciones insulares, los Cabildos han sido garantes de que estos recursos se utilicen de manera eficiente y en beneficio de los ciudadanos. Han impulsado iniciativas para mejorar la competitividad del tejido empresarial, fomentar la innovación y garantizar la prestación de servicios esenciales en todas las islas. Este libro es una excelente oportunidad para conocer en profundidad la evolución de nuestro sistema tributario y su importancia en la configuración de Canarias tal como la conocemos hoy. Es un reflejo del esfuerzo continuo por equilibrar nuestra condición insular con el desarrollo económico y el bienestar de la ciudadanía. A MODO DE INTRODUCCIÓN Históricamente las Islas Canarias han sido punto de encuentro entre Europa, África y América. El descubrimiento de este último continente en 1492, en el primer viaje de Cristóbal Colón, que tuvo su último impulso en Canarias, concretamente desde La Gomera, marcó de forma definitiva el ser, las costumbres, idiosincrasia y el escenario económico de Canarias. Desde entonces, y antes de la llegada de la navegación a vapor, la situación geográfica del archipiélago, los vientos alisios y las corrientes oceánicas facilitaron que fuese punto de partida, abastecimiento e impulso para la travesía atlá.